Funcionamiento
Para este 2024 la Red estará activa a nivel nacional y contará con Centros de Monitoreo en por lo menos 7 entidades federativas.
La Red se activará desde el inicio de las campañas electorales, por lo que el monitoreo de incidentes previos a la jornada electoral se realizarán de manera remota – y en la medida de sus posibilidades –, por medio de las organizaciones coordinadoras; por su parte, los Centros de Monitoreo Estatales se instalarán el día de la jornada electoral.
Objetivos
Establecer un Centro de Monitoreo Nacional, así como Centros de Monitoreo Estatales en al menos 7 entidades federativas, a partir de los cuales se establezcan y coordinen redes de protección conformadas por periodistas, personas defensoras de derechos humanos y observadoras electorales (nodos); las cuales permitan articular medidas de prevención y protección, así como documentar, verificar y visibilizar tanto las agresiones de las que sean objeto la prensa y las y los integrantes de la Red, como los actos que obstaculicen el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y a la información que se registren en el marco del proceso electoral 2024.
Realizar acciones de prevención frente a posibles agresiones a periodistas durante el proceso electoral 2024; así como desarrollar e implementar estrategias que permitan mitigar los efectos de las agresiones que se consumen.
Atender casos de agresiones a integrantes de la Red y a periodistas, en la medida de sus posibilidades, o bien canalizarlos ante instancias que puedan brindarles la atención adecuada.
Documentación y verificación de información
Durante la activación de la Red, las y los integrantes de los nodos serán los primeros responsables de reportar y documentar los distintos incidentes que ocurran; siempre que se trate de:
– Agresiones en contra de personas que integren la Red.
– Agresiones en contra de periodistas.
– Actos que obstaculicen de manera significativa el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y a la información.
La Red documentará y verificará solamente los casos:
– Que se encuentren dentro de sus objetivos.
– En los que tenga capacidad de documentar y verificar conforme a sus estándares preestablecidos.
– En los que el despliegue de las personas que integran los nodos no ponga en riesgo su integridad física.
Estructura de la Red
Documentación y verificación de información
La información se considerará verificada, salvo casos excepcionales, únicamente si cumple con los dos criterios siguientes:
– Cuando la información provenga de una persona integrante de la Red, que constató personalmente los hechos.
– Cuando haya una segunda fuente documental que coincida con la información recopilada por el o la integrante de la Red.
En última instancia, el Comité Editorial de la Red tendrá la facultad para determinar la información que se considerará verificada.
Agresiones que serán documentadas y verificadas
La Red #RompeElMiedo considerará como agresiones a todas aquellas acciones, cometidas por particulares, integrantes de partidos políticos, candidatos/as o personas funcionarias públicas, que atenten contra la integridad de las y los periodistas y de quienes integren la Red; así como aquellos actos que interfieran de forma directa o indirecta con el derecho de las personas a recibir información de interés público, incluyendo las acciones u omisiones que obstaculicen el libre ejercicio de la labor periodística.
- Agresiones
- Allanamiento
- Acceso ilícito
- Amenaza
- Asesinato
- Ataque a bienes materiales
- Ataque físico
- Bloqueo o alteración de contenido
- Desaparición
- Desplazamiento forzado
- Intimidación y hostigamiento
- Privación de la libertad
- Tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes
- Uso ilegítimo del poder público
- Vigilancia ilegal de comunicaciones
- Remoción de contenido
- Interrupción de servicios de internet y telecomunicaciones
- Dominios falsos y cuentas falsas
- Ataque de denegación de servicios